martes, 27 de septiembre de 2011

CATALUÑA, LOS TOROS BRAVOS Y LAS PROHIBICIONES


Los mal llamados "carrebous"

Los catalanes aprobaron (octubre de 2010) proteger las fiestas populares de los “carrebous”. El entretenimiento consiste en soltar a un toro bravo por una zona urbana previamente acotada mediante vallas protectoras (usualmente la calle principal de la población o la más larga) para que los participantes en la fiesta tengan ocasión de descargar adrenalina incitando la embestida del animal. Existe una modalidad (toro embolado) en que al animal se le sujetan a los cuernos unos artilugios prendidos con fuego.
Lo primero que tengo que decir es que el nombre de la fiesta llama a incomprensión por la inexactitud del tipo de animal utilizado para este entretenimiento. Un “bou” es un buey entre cuyas condiciones están la mansedumbre y docilidad. Es decir, características muy inapropiadas para producir ágiles y peligrosas embestidas que propicien la diversión popular poniendo a prueba la valentía de los participantes. Como hacer embestir a un buey sin herirle ni fustigarle es misión prácticamente imposible, la fiesta se celebra con un toro bravo (brau) que sí posee las cualidades de fiereza e impetuosidad idóneas para el fin que se busca. Deberíamos hablar por tanto de “carrebraus” y no de carrebous. Importa la rectificación a la comprensibilidad de la fiesta a quienes no estamos familiarizados con ella y quizás a que con el nombre inapropiado pero más amable se pretenda disimular la participación necesaria del toro bravo con intención de evitar conexiones con otro tipo de fiestas. Por tanto se trata de un festejo taurino.

Que la fiesta se celebre en un espacio público, en una zona céntrica de las poblaciones, asegura desde luego que ningún vecino permanezca ajeno a ella (le entusiasme o le repugne; quieras o no). Para quien la aversión resulte irresistible no existe otra que huir o enclaustrarse.

El motivo aducido para proteger la fiesta es el arraigo popular y la tradición.  Es un argumento absolutamente sólido y muy saludable. Preservar las costumbres y tradiciones de los pueblos es una obligación de primer orden, por respeto y reconocimiento a nuestros mayores y por fijar y mantener nuestras señas de identidad como colectivo.

Los catalanes han aprobado la protección de ésta fiesta a través de sus representantes legales del parlamento catalán. Digamos por tanto inmediatamente dos cosas. Por el efecto frontera, la fiesta queda desprotegida en las regiones no catalanas donde -hasta hoy-, carecen de competencias los parlamentarios catalanes. Como son buenas las razones de arraigo y tradición sería preciso agilizar su protección en otras zonas afectadas (p. e. la región valenciana). Pero habrá que debatir y, en su caso, aprobar la protección explícita, no sólo a ésta sino a todas las tradiciones y costumbres de nuestras aldeas, pueblos, villas y ciudades (!!!!!). Preveo una inmensa sobrecarga de trabajo para los diversos representantes parlamentarios. Menos mal que ya tenemos adelantado (y pagado de qué manera) el trabajo de disfrutar de más de quince parlamentos regionales. Pero, desde luego, insignificantes me parecen para el ingente trabajo que se les viene encima. Tendremos que promover más institutos públicos de representación (local, vecinal, …) donde poder tratar y debatir estos asuntos. Y quizás lleguemos a la conclusión final de que todos tenemos que ser representantes; aunque cada uno sólo se represente a sí mismo. No echaría en saco roto la reflexión porque, entre otras, puede aportar la solución rotunda del paro (considerar como no parados a quienes, a falta de trabajo, realizan cursos de formación, no deja de ser una chapucilla irrelevante frente a la opción de nombrarnos a todos representantes populares, con digna remuneración y derecho de jubilación).

Cartel de la última corrida de toros en Barcelona
En segundo lugar, éstos son los mismos parlamentarios catalanes que recientemente han aprobado la prohibición de las corridas de toros. Ahí no valieron ni el arraigo popular ni la tradición como razones justificativas. Valió el criterio de la protección de los animales frente a cualquier crueldad perpetrada contra ellos. Y se estimó sin duda alguna que una corrida de toros es un salvaje y cruel espectáculo incompatible con una sociedad civilizada. Visto lo visto, digamos que una sociedad civilizada (catalana) no puede permitir que se dañe físicamente a un animal pero no le turba que se le lastime emocionalmente por razones de arraigo popular y tradición. Si el discurrir de los parlamentarios catalanes acaba en esta distinción entre los maltratos a animales, se han quedado cojos pues no veo cómo poder justificar el maltrato emocional. Si no es así, habría que explorar posibles motivaciones espurias y no manifestadas. 


El torero catalán Serafín Marín en la última de Barcelona.
En tal caso, ¡cuidado con otorgar representación a los falsarios! Bien es cierto que, al celebrarse las corridas de toros en recintos expresamente construidos para ello, la opción para quienes les repugne se simplifica radicalmente: basta conque no acudan, sin necesidad de huir ni de enclaustrarse. Y, sobre todo, ¡SIN NECESIDAD DE PROHIBIR!

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